AUTOBÚS ELÉCTRICO NUEVO, PARA PRESTAR EL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS; CONTROL DELANTERO; MOTOR ELÉCTRICO ALIMENTADO POR BATERÍAS; LONGITUD DE 12.0 METROS; CAPACIDAD DE 90 A 100 PASAJEROS; SUSPENSIÓN NEUMÁTICA CON CONTROL ELECTRÓNICO AUTONIVELABLE EN AMBOS EJES Y CON ARRODILLAMIENTO; DIRECCIÓN ASISTIDA HIDRÁULICAMENTE; FRENOS NEUMÁTICOS DE DISCO EN AMBOS EJES, CON SISTEMA ABS, EBS, ASR y ESP, CON 2 BOLSAS DE AIRE EN EL EJE DELANTERO Y CUATRO BOLSAS DE AIRE EN EJE TRASERO; LLANTAS RADIALES DE APLICACIÓN URBANA Y TODA POSICIÓN; SISTEMA ELÉCTRICO DE 24 VOLTS MULTIPLEXADO; CON SISTEMA DE VENTILACIÓN Y EXTRACCIÓN DE AIRE; CUATRO CÁMARAS DE VIGILANCIA; RADIO DE COMUNICACIÓN Y WIFI; CÁMARA PANORÁMICA DE 360°, CÁMARA DE REVERSA, CON PANTALLA DE 10” MÍNIMO EN TABLERO, ACCESIBILIDAD UNIVERSAL AL 100% PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD; INCLUYE INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE CARGA ELÉCTRICA EN GENERAL DE AUTOBUSES.
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EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, TIENE COMO PARTE DE SUS FUNCIONES LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTACIÓN DE PASAJEROS.
MEDIANTE DECRETO DE CREACIÓN DE FECHA 7 DE ENERO DEL 2000, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, SE CREÓ EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO “RED DE TRANSPORTE DE PASAJEROS DEL DISTRITO FEDERAL” EL CUAL CUENTA CON PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIO, SECTORIZADO A LA SECRETARÍA DE TRANSPORTES Y VIALIDAD.
MEDIANTE DECRETO DE FECHA 3 DE DICIEMBRE DE 2018, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL 02 DE ENERO DE 2019, SE MODIFICÓ EL DIVERSO POR EL QUE SE CREÓ LA “RED DE TRANSPORTE DE PASAJEROS DE LA CIUDAD DE MÉXICO (RTP)”, ESTABLECIENDO EN SU ARTÍCULO PRIMERO UNA NUEVA DENOMINACIÓN A ESE ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, SIENDO ESTA “RED DE TRANSPORTE DE PASAJEROS DE LA CIUDAD DE MÉXICO (RTP)”, CON PERSONALIDAD JURÍDICA PROPIA SECTORIZADO A LA SECRETARÍA DE MOVILIDAD.
QUE DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO SEGUNDO DE SU DECRETO DE CREACIÓN Y CON BASE EN LOS PRINCIPIOS DE SEGURIDAD, ACCESIBILIDAD, EFICIENCIA, IGUALDAD, CALIDAD, RESILIENCIA, MULTIMODALIDAD, SUSTENTABILIDAD, PARTICIPACIÓN, CORRESPONSABILIDAD SOCIAL E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, TENDRÁ POR OBJETO ENTRE OTROS, LA PRESTACIÓN DEL “SERVICIO RADIAL DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS”, PREFERENTEMENTE EN ZONAS PERIFÉRICAS DE ESCASOS RECURSOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
EL PLAN ESTRATÉGICO DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2019, ESTABLECE COMO ESTRATEGIA GENERAL DE MOVILIDAD PARA EL PERIODO 2018-2024, UNA VISIÓN DE GOBIERNO, DONDE LOS SISTEMAS, PROGRAMAS Y PROYECTOS DE MOVILIDAD SE ORIENTARÁN A AUMENTAR LA ACCESIBILIDAD, DISMINUIR LOS TIEMPOS DE TRASLADO Y GARANTIZAR VIAJES CÓMODOS Y SEGUROS PARA TODA LA CIUDADANÍA.
EL PLAN ESTRATÉGICO ESTABLECE TRES EJES COMPLEMENTARIOS: INTEGRAR, MEJORAR Y PROTEGER; CON LA FINALIDAD DE ESTABLECER UN SISTEMA DE MOVILIDAD MODERNO Y EFICIENTE, ORIENTADO A CUBRIR LOS SEIS PRINCIPIOS TRANSVERSALES COMUNES A TODOS LOS PROGRAMAS Y PROYECTOS A DESARROLLAR EN MATERIA DE MOVILIDAD URBANA COMO LO SON: LA SUSTENTABILIDAD, INNOVACIÓN, EQUIDAD, GÉNERO, TRANSPARENCIA Y CALIDAD.
LA ADQUISICIÓN DE 50 AUTOBUSES NUEVOS ELÉCTRICOS, OBJETO DE ESTA LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL, ESTÁ DIRIGIDA A LA META DE ¨MEJORA¨, ESTABLECIDA EN LA ESTRATEGIA 3.2.1 RESCATE Y MEJORA DEL TRANSPORTE PÚBLICO, CUYO PROPÓSITO ES AMPLIAR LA COBERTURA/DEMANDA Y PRESTAR UN SERVICIO CONFIABLE, MOTIVO POR EL CUAL SE CONVOCA A TODOS LOS INTERESADOS, CON LA FINALIDAD DE CONSEGUIR LAS MEJORES CONDICIONES DE CALIDAD, OPORTUNIDAD, FINANCIAMIENTO Y PRECIO POR PARTE DE LOS PROVEEDORES QUE SE ENCUENTREN INTERESADOS EN PARTICIPAR Y CUBRAN TODOS LOS REQUISITOS Y CONDICIONES DE LAS PRESENTES BASES.
LOS LICITANTES, ACEPTAN SIN RESERVA DE NINGÚN TIPO TODOS Y CADA UNO DE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES PREVISTOS EN LAS PRESENTES BASES Y SUS ANEXOS, POR LO QUE DEBERÁN RESPETARLAS Y CUMPLIRLAS AL PIE DE LA LETRA DURANTE EL PROCESO Y EN CASO DE RESULTAR GANADORES, CON TODA SU FUERZA LEGAL Y PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 49 DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL.
DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 33 FRACCIÓN XXV DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL, EL SERVIDOR PÚBLICO RESPONSABLE DE LLEVAR ACABO LA PRESENTE LICITACIÓN, SERÁN INDISTINTAMENTE LA C.P. TANIA EDITH REYES VARELA, DIRECTORA EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Y DANIELA ESMERALDA RAMÍREZ PÉREZ, GERENTE DE RECURSOS MATERIALES Y ABASTECIMIENTO O A QUIEN SE DESIGNE PARA TAL EFECTO LA RED DE TRANSPORTE DE PASAJEROS DE LA CIUDAD DE MÉXICO (RTP)
DE CONFORMIDAD CON LOS “LINEAMIENTOS PARA LA PRESENTACIÓN DE DECLARACIÓN DE INTERESES Y MANIFESTACIÓN DE NO CONFLICTO DE INTERESES A CARGO DE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Y HOMÓLOGOS QUE SE SEÑALAN”, LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA “RTP” QUE CUENTAN CON ATRIBUCIONES PARA LA ATENCIÓN O RESOLUCIÓN DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO SON LOS TITULARES DE LAS SIGUIENTES ÁREAS Y SUS RESPECTIVOS REPRESENTANTES, QUIENES PODRÁN ACTUAR DE MANERA INDISTINTA, CONJUNTA O SEPARADAMENTE.
PARA LA CELEBRACIÓN DE LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL, LA CONTRATANTE CUENTA CON PRESUPUESTO AUTORIZADO PARA EJERCER LOS RECURSOS CON CARGO A LA PARTIDA 5412 “VEHÍCULOS Y EQUIPO TERRESTRE DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y A LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS”, DE CONFORMIDAD CON EL OFICIO NO. RTP DEAF GF 0______ 2024 DE FECHA ___ DE ________ DE 2024.
CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 30 FRACCIÓN II DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL, EL PRESENTE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN SERÁ "INTERNACIONAL", Y PODRÁN PARTICIPAR LOS LICITANTES MEXICANOS Y EXTRANJEROS CUALQUIERA QUE SEA EL ORIGEN DE LOS BIENES A ADQUIRIR QUE TENGAN EL CARÁCTER DE FABRICANTES O EN SU DEFECTO DE DISTRIBUIDORES AUTORIZADOS O COMERCIALIZADORES AUTORIZADOS POR EL FABRICANTE; ESTOS DOS ÚLTIMOS DEBERÁN CONTAR CON CARTA EXPEDIDA POR EL FABRICANTE EN PAPEL MEMBRETADO Y FIRMADA POR SU REPRESENTANTE LEGAL EN LA QUE CONSTE QUE CUENTA CON LA CESIÓN O CONCESIÓN DE DERECHOS PARA COMPROMETERSE CON EL DISTRIBUIDOR O COMERCIALIZADOR AL CUMPLIMIENTO DE LA FABRICACIÓN DE LOS BIENES REQUERIDOS CONFORME A LAS ESPECIFICACIONES, PLAZOS DE ENTREGA Y CANTIDADES REQUERIDAS EN ESTAS BASES. DICHO DOCUMENTO DEBE VENIR DIRIGIDO AL DISTRIBUIDOR O COMERCIALIZADOR AUTORIZADO; QUIEN DEBERÁ ADICIONALMENTE EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADO, ACREDITAR CON EL DOCUMENTO PROBATORIO QUE CORRESPONDA QUE CUENTA CON EL CERTIFICADO O CONCESIÓN DE PARTE DEL FABRICANTE.
DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 26 DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL, EL PRESENTE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN SERÁ DE TIPO PRESENCIAL POR LO QUE NO SE ACEPTARÁN “PROPOSICIONES” (TÉCNICA Y ECONÓMICA) ENVIADAS A TRAVÉS DE MENSAJERÍA, FAX O SERVICIO POSTAL, SOLO SERÁN ACEPTADAS LAS PROPUESTAS PRESENTADAS DE MANERA PRESENCIAL.
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